Ingresó formalmente al Concejo Deliberante un proyecto de Ordenanza para regular el mecanismo de la elaboración participativa de normas, procedimiento que, basado en consultas no vinculantes, involucra a sectores interesados y a la ciudadanía en general en la elaboración de normas administrativas y proyectos de ordenanzas que se encuentren dentro de las atribuciones y competencias legalmente otorgadas al Concejo Deliberante de Salta y al Departamento Ejecutivo Municipal.
El proyecto fue presentado por los concejales Raúl Medina y Ariel Burgos (Frente Salteño). La finalidad de la elaboración participativa de normas es permitir y promover una efectiva participación ciudadana en el proceso de elaboración de los proyectos de normas administrativas y ordenanzas que reúnan las características descriptas en el artículo precedente.
El artículo quinto del proyecto prevé que el procedimiento de elaboración participativa de normas debe garantizar el respeto de los principios de igualdad, publicidad, informalidad y gratuidad y el sexto que las opiniones y propuestas que se presenten durante el proceso participativo de normas no tienen carácter vinculante.
Puede ser participante del procedimiento persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con la norma a dictarse y la autoridad responsable será el Concejo Deliberante de Salta para el caso de proyectos de ordenanzas, resolución, declaración o informes; y el Departamento Ejecutivo Municipal para el caso de proyectos de decretos o resoluciones, en cuyas respectivas órbitas se prevea la elaboración participativa de normas.
Fundamentos
En los fundamentos del proyecto se señala que la democracia bien entendida es el sistema de gobierno que mejor conjuga y respeta los valores de libertad, igualdad bienestar y tolerancia, que los problemas de la democracia se solucionan con más y mejor democracia y para lo cual se requiere de una activa participación de los ciudadanos".
Los concejales expresan que "nuestro objetivo es fortalecer la relación entre el Estado Municipal y la ciudadanía porque para desarrollar una democracia legítima, transparente y eficiente deben introducirse reformas que adjetiven a la democracia representativa también como "participativa".
Como normas citan que la Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública en los artículos 1, 33, 41, 42 y concordantes del capítulo segundo y 75 inc. 22, que confiere jerarquía constitucional a tratados internacionales que contemplan claramente el respeto a este derecho"
Asimismo recuerdan que el Decreto Nacional 1172/03 de "Mejora de la Calidad de la Democracia y de sus Instituciones" incorpora en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional novedosos mecanismos de participación ciudadana en los actos de gobierno tendientes a incrementar los niveles de publicidad y de transparencia de los mismos, entre ellos las Audiencias Públicas, la Publicidad de la Gestión de Intereses, el Acceso a la Información Pública, las Reuniones Abiertas de los Entes Reguladores de los Servicios Públicos y la Elaboración Participativa de Normas.
Dicen los concejales que en el marco de una democracia participativa, la sociedad civil tiene derecho a participar en el proceso de toma de decisiones de los asuntos públicos, para lo cual resulta imprescindible contar con las herramientas e instrumentos necesarios que permitan monitorear y controlar la gestión.